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jueves, 17 de marzo de 2011

El seguro de hogar de Ana y Ernesto

Continente: Es el valor de reconstrucción máximo de la vivienda en caso de siniestro total. No incluye el valor del suelo (pues no hay que volver a comprarlo, sigue siendo del propietario y suele ser lo más caro), ni los bienes muebles ni las zonas comunitarias, pues debe de haber un seguro de comunidad (incluye tuberías bajantes, pilares...). Para hacerlo más gráfico: si se pudiera agarrar la vivienda con la mano, darle la vuelta y agitarla, cubre todo lo que no queda suelto. Este valor no es indemnizable, sino se utiliza para reconstruir la vivienda. He visto por ahí gente que pregunta ¿Cuánto pongo de continente? Ésto me causa preocupación, pues no debe de ser el asegurado quien ponga esta cifra, sino la aseguradora tras un análisis exhaustivo de preguntas sobre el inmueble. La cifra que pongan todas las aseguradoras aquí tiene que ser la misma más o menos si se responde igual a las preguntas.
Lo que hacen los bancos, como en el caso de Ana y Ernesto, es poner el valor de tasación, así sale una prima mucho más jugosa (he visto casos que hasta del triple de otras aseguradoras) y por nada, pues si sucede un siniestro total, tendrían que reconstruir la vivienda y lo más seguro que con las mismas subcontratas que las demás aseguradoras más económicas. Reto a la gente a hacer presupuestos a través de Internet para que comprueben esta cifra para su casa, por si acaso pagan más de lo debido. Así, en el caso de las dos personas que nos ocupan, seguramente el valor de reconstrucción sea próximo a los 95000 € y la prima real que tienen que pagar de seguro sea sólo 270 € y no los más de 600 € que pagan gracias a una estafa, un acto de mala fe del banco para sacar mayor comisión.


Contenido: Es el valor máximo indemnizable por los bienes muebles, incluidas las joyas, en caso de siniestro total de la vivienda. No se incluyen adornos comunitarios (¡hay gente que los reclama!) y es una cifra estática, es decir, que da igual que lo que se haya perdido sea de mayor cuantía. Sólo hay que pensar un poco en ésto último ¿A quién se le ocurre pedir facturas para comprobar la compra de los muebles tras un siniestro que tal vez haya sido un incendio? En muchos seguros esta cifra se puede modificar. Aconsejo que se ponga una cifra aproximada a la que uno tiene (y si se tiene mucho, pues un poco menos) y que no supere los 26000 € para los humanos de a pie y los 50000 € para los que tienen una casa unifamiliar no adosada y bienes de calidad media-alta. Esta cifra no incluye vehículos como coches, motos o barcos, pues éstos ya tienen su propio seguro.

Daños por fuego: Esta cobertura es muy explícita. Si haces fuego, quedas cubierto, a no ser que se demuestre mala fe. Esto quiere decir básicamente que si se provoca el fuego y se descubre no sólo no se cubre sino que además es un fraude (aparte de más delitos, claro). En la mayor parte de los seguros no se cubre el fuego de terceros si no tienen seguro, es decir, actos de vandalismo. Es el tercero el que tiene que cubrir. La situación se puede volver caótica cuando un pirómano quema un pequeño bosque y se quema una, o varias casas y no se registra la zona como catastrófica. Ahí el consorcio de seguros no cubre y el asegurado se queda sin nada (siempre que haya sido un siniestro total) a la espera de cazar al causante, enjuiciarlo y que no se declare insolvente (que es lo más normal).

Daños propios por agua: Rotura de tuberías principalmente. Importante: las aseguradoras no suelen cubrir: (1) tuberías vistas (2); congelación y posteriormente rotura (3); tuberías exteriores a la vivienda (jardín...); (4) descuidos (dejarse el grifo abierto...). Cuidado con esta cobertura. Es la más utilizada de los seguros y se utiliza en conjunto con daños estéticos y responsabilidad civil pues, si hay que picar pared para reparar una tubería que ha dejado una marca en nuestra pared y ha calado al vecino, habrá que reparar/indemnizar a ese vecino con la RC y volver a colocar la pintura/baldosas del mismo color y forma que las demás si las hubiera o cambiar toda la sala afectada. Hay que tener en cuenta que cada diez años de media (hay casos en los que nunca y casos en los que cada año) se estropea una tubería.

Condiciones atmosféricas: Lluvia, tormentas, rayos, nieve o viento que causen daño en nuestra vivienda. Los seguros ponen algunos límites para utilizar esta cobertura. Vientos superiores a 96 Km/h, lluvias superiores a 40 l/m3 y hora... El encargado de valorar estos baremos es el Instituto Nacional de Meteorología, en su defecto los bomberos de la localidad y en su defecto la policía. Es decir, el seguro va a llamar o comprobar en las webs de estos centros públicos si los vientos y lluvias fueron superiores a, si hubo rayos. También el perito va a comprobar si los daños fueron previos, pues hubo muchas estafas al respecto. A partir de ciertas velocidades o cantidades de agua, cubre el consorcio de seguros a través de su aseguradora.

Rotura de cristales y loza sanitaria: Suele cubrir la rotura de casi todo tipo de cristales ante casi todo tipo de hechos. La loza sanitaria (WC, lavabo...) queda cubierta como cristal. Ojo, la bañera no es loza, sino hierro en el 98% de los casos y no queda cubierta en muchos seguros. Hay que tener cuidado con esta cobertura. Cubre exactamente lo que dice: ROTURA. No cubre rajaduras, rayajos, descascarillamientos ni roturas de mala fe. El reparador del seguro va a saber en muchos de los casos como se ha roto y a mucha gente se le nota al contar historias bastante estrafalarias y eso supone que la aseguradora no cubre y que el asegurado tiene que pagar la reparación.

Daños por robo, intento de robo dentro de la vivienda y cobertura por robo fuera de la vivienda: Daños por robo suelen ser la rotura de cerradura o puerta o ventana (también en intento) y los bienes que han robado siempre que haya denuncia y no supere el valor de CONTENIDO. El robo fuera de la vivienda suele incluir gastos administrativos de documentos y algunos objetos personales. En algunos seguros el dinero en efectivo no se cubre y en otros tiene un límite bastante amplio que suele ser de 300 €. Importante saber diferenciar aquí entre robo y hurto. El hurto no lo cubren muchas aseguradoras. Un operador de seguros entiende que hay robo cuando el ladrón o los ladrones realizan un esfuerzo o hay un parte de lesiones (fuera de la vivienda). Por ejemplo: si Ana se deja la puerta abierta para hablar con la vecina y un ladrón entra en la casa y se lleva la TV, joyas valoradas en 200 € y 50 € en efectivo no queda cubierto por que Ana ha facilitado la labor al ladrón que no ha ejercido violencia sobre las cosas. Hay algún seguro por ahí que si cubre estos casos.

Daños por impactos: Cubre choques de vehículos, animales y ondas sónicas que causen daño a la vivienda o al contenido cubierto. Hay una cosa que decir, pues los vehículos deben de tener su propio seguro y sólo se cubre en caso de no tenerlo (y aún así es discutible). Aún así, las aseguradoras cubren por ejemplo si se ROMPE un cristal por que un pájaro choca contra él con la cobertura de cristales y si se raja, por esta. La cobertura es mucho más útil de lo que la gente se piensa. Hay muchos que la quitan, pero yo recomiendo dejarla, no sea que a Ana y Ernesto se les raje un cristal.

RC (Responsabilidad Civil): Esta cobertura es el seguro a terceros del seguro de hogar. No me equivoco si digo que es la más importante pues... ¿Para que quiero un seguro si no para tener cubierto las cuantías más grandes? Pues bien, son estas. Cubre cualquier daño que podamos hacerle a un tercero en o desde la casa. Unas gafas de una visita aplastadas sin querer con el pie, un mando a distancia que salga volando por el balcón y golpee a persona o vehículo, hasta un incendio donde todo el bloque se vea afectado, eso pasando por lo más habitual: las humedades por escape de tubería propia causadas a un vecino. Poniendo el ejemplo de Ana y Ernesto que tiene 150000 € de RC, si le pasara lo peor que es un incendio en su bloque, que lo consumiera, quedarían arruinados, pues hay que tener muy presentes que no estamos hablando de seres con sentimientos, sino de empresas con ánimo de lucro: si tienen contratados 150000 €, eso es lo que recibirán de máximo, a pesar de que la factura sea más elevada. Siempre es recomendable tener una RC de 300000 €, ya que no sale cara para nada y es la más útil.

Daños estéticos: Cuando hay que picar la pared para arreglar una tubería, después se utiliza esta cobertura, no para volver a colocar todo de nuevo, sino para poner el mismo tipo de baldosa (si es posible, si no se utiliza para cambiar toda la sala a un mismo tipo de baldosa), o la misma pintura (o repintar toda la sala). Pero no se piensen que esta cobertura es la panacea. Además de tener un límite económico a partir del cual se tiene que poner el dinero, no cubre muchas cosas estéticas dependiendo del seguro. Pero no olvidemos lo más importante: que se repare la tubería en este caso y se cierre el boquete. A mucha gente se le pasa esto, la cobertura de daños estéticos es meramente anecdótica.

Urgencias: Si se nos ha roto la llave dentro de la cerradura o nos las hemos dejado dentro de la casa, utilizaremos esta cobertura, que el seguro utilizará para ABRIR la puerta, en este caso. Otra cobertura que suena muy bien y en muchos seguros es trampa: como bien se ha dicho, hay seguros que ABREN la puerta y se marchan los operarios pues no hay ninguna cobertura que arregle la puerta si no paga el cliente (como en el caso de Ana y Ernesto). Hay que preguntar muy bien por esta cobertura, pues puede suponernos más de un disgusto si no sabemos para que nos sirve o que nos cubre.

Asistencia técnica en el caso de no haber cobertura: Puede venir con diez mil nombres distintos. Se trata de que en el caso de no haber cobertura ante un siniestro (el 70% de las veces), la aseguradora envía a un técnico que trabaje para ella y le paga la visita. La mayor parte de las personas cuando no les cubre algo el seguro se enfadan y rechazan esta cobertura. Una pequeña explicación: enfadarse con una S.A. no tiene consecuencias por que no se va a sentir ofendida. Analice fríamente a pesar del siniestro la situación ¿por qué no cubre? y aproveche cualquier circunstancia que le brinde el seguro, como esta. Seguramente se ahorre los 60 € de la visita del profesional, que ya es bastante y es muchos casos es la cuantía más grande. Después, si no está de acuerdo, denuncie, pero esté muy seguro de por qué.

Reclamación de daños a terceros: Toda aseguradora que se precie tiene un insigne y flamante departamento jurídico a su servicio para reclamar por usted los daños que un tercero le haga y no reconozca haberlos hecho o no quiera pagar. Esta cobertura suele tener un límite económico. Esto quiere decir que la aseguradora va a facturar como si de abogados de bufete se tratasen, pero pagándoles casi nada a ellos. Tenga cuidado, no pretenda ir con esta cobertura al Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma, pues esta cobertura no llega para eso. Utilícela más como un ahorro jurídico que le sale por 7€ al año.

Asistencia informática en el hogar: Una nueva cobertura que el estado ha obligado a poner a muchos seguros. Cubre no sólo reparación del equipo informático en el caso de averia (cuidado que no muchos cubren eso con esta cobertura), sino que además cubre estafas bancarias con tarjetas de crédito a través de internet. Una cobertura que muchos seguros están regalando y que la gente quita sin más. No rechacen una cosa que es gratis (si lo es...), y recomiendo encarecidamente que la pongan. Para algo están los seguros, para por si acaso...


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