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martes, 15 de marzo de 2011

Hipoteca bajo coacción

     Corre el año 2009. Ana, de 27 años, trabaja de dependienta en una tienda de una importante cadena textil multinacional, ganando 850 € al mes por diez horas de trabajo diario. Su novio, Ernesto, de 29 años, desarrolla páginas web en una empresa de diseño gráfico, ganando un salario de 1100 € mensuales trabajando una media de nueve horas en la oficina y dos más en su casa. Llevan saliendo juntos desde hace seis años y por fin se han decidido ir a comprar una casa. Buscan, banco por banco, las mejores condiciones y descubren que es muy difícil que se puedan comprar ese "minipiso" que les cuesta 170.000 € en las afueras (muy a las afueras) de la ciudad. Más que nada se trata de que con sus dos sueldos, la hipoteca les sale muy cara y a mucho tiempo (50 años). Finalmente se encuentran con una entidad que les coloca unas condiciones muy ventajosas a priori, pero con unos intereses variables y muy altos. Para alcanzar esas condiciones, el comercial de la sucursal les coloca las siguientes cláusulas: han de contratar con ese banco un seguro de desempleo, que les cuesta al año una cantidad ridícula, pero les permite pagar la hipoteca un año, en el caso de que se queden desempleados; dos tarjetas de crédito con un límite de 300 € (una para cada uno, claro) y dos tarjetas de débito; y finalmente, un seguro de hogar obligatorio para la casa con la aseguradora de la entidad.


     El seguro obligatorio que les obliga a tener durante un año (aunque el comercial se cuida mucho de omitir ese dato de fechas), es el que tiene unas condiciones muy desfavorables para la pareja, aunque ellos se están dejando aconsejar por el agradable comercial que dice ser un asesor (aunque no olvidemos que no asesora, sino que vende). El "continente" que le colocan es de 189.000 €, pues es la cantidad por la que la señora que ha tasado el piso ha dejado indicada, a pesar de que el precio haya sido de 170.000 €; el "contenido es de 12.000 € pues según les dice el "asesor"  guiñándoles un ojo, no necesitan más ya que al principio tendrán unos muebles del IKEA y si ponen más, el precio se les subirá demasiado. Ellos se miran entusiasmados y deseando que el chico tan simpático termine el presupuesto que no tienen más remedio que aceptar para que el sueño de su vida se haga realidad. Les hace varias preguntas más y les comenta las demás condiciones. El seguro de hogar cubre: (1) Daños por fuego; (2) Daños por agua propios; (3) Daños por condiciones atmosféricas; (4) Daños a los cristales y la loza sanitaria; (5) Daños por robo o intento de robo dentro de la vivienda y robo fuera de la vivienda; (6) Daños por impacto; (7) Responsabilidad civil 150.000 €; (8) Daños estéticos 3000 €; (9) Urgencias; (10) Asistencia técnica en el hogar en el caso de no haber cobertura del seguro en averia; (11) Reclamación de daños a terceros 500 €; (12) Asistencia informática en el hogar.
     El seguro les saldrá tan sólo por 670 € al año de prima. El comercial les pasa el contrato y ellos ven que tiene cinco páginas de letra pequeña en las que pone "condiciones generales" y "condiciones particulares". El "asesor" les indica que lo lean, aunque está seguro de su éxito, pues de que acepten o no está el hecho de que se les conceda la hipoteca o no. La pareja hace que lee la letra pequeña, sin entender absolutamente nada, en realidad, y le hacen al chico un par de preguntas superfluas para tener la sensación de estar negociando algo. El chico les responde con su mejor sonrisa pero algo de impaciencia y ellos muestran su conformidad y firman el documento.
    Tras firmar las escrituras y hacer muchos papeleos y gestiones, van a vivir a su vivienda por fin. Aunque están económicamente muy apretados, consiguen amueblar su casa y comenzar una vida razonable. Pero... ¿Realmente qué es lo que han aceptado? Si no les pasa nada, seguramente alardeen de seguro de hogar diciendo que es el mejor pero ¿Qué sucederá si alguien les quema el piso y desaparece? ¿Qué sucederá si se incendia su piso y queman todo el bloque teniendo en cuenta que son veinte vecinos con viviendas similares? ¿Y si Ana se va a hablar con la vecina, dejando la puerta abierta y un ladrón les roba 300 € que tenían en efectivo o el televisor y los equipos informáticos? ¿Sabrán lo que ocurrirá si se les rompe una tubería exterior por congelación y tienen una obra por ello de 4000 €? ¿Si se les raja el cristal de la habitación de matrimonio? ¿Si hay un apagón y se les estropean los sistemas eléctricos? ¿Si un avión se estrella contra su piso? ¿Si se les estropean los muebles en una inundación? ¿Si tienen un hijo y este tira por la terraza el mando de la tele y le da a alguien en la cabeza? ¿Si se les raja la bañera, ocasionando daños por agua a la vecina de abajo? ¿Y si Ernesto da un portazo sin querer a la puerta del salón con cristalera y ésta se rompe? ¿Y si se les estropea la TV de hace diez años?

     Todos los problemas que tengan son causados, en primer lugar, por la mala fe del banco a la hora de no negociar unas condiciones personalizadas; en segundo lugar, por la legislación actual, que permite a las compañías de seguros colocar las condiciones generales y particulares lejos de las coberturas; y por último y no menos importante, hago responsable de ello a las personas que contratan el seguro, pues en vez de estudiar el condicionado, preguntar a un abogado, o hablar con algún amigo experto en seguros o en leyes, han aceptado las condiciones sin más.
     Las personas que trabajan en seguros tienen la obligación de entregar el condicionado por escrito para el análisis en profundidad del tomador del seguro. Si no lo entregan, malo, pues está omitiendo información. ¡Importante! Antes de finalizar este artículo sobre seguros de hogar, avisar a las personas que vayan a contratar a través de internet y por teléfono: ¡Por teléfono nunca! a pesar de que la conversación se queda grabada, se pueden omitir muchísimos datos que son importantes y que el asegurado sólo sepa cuando le ocurre algo y no se le cubre. Por internet sólo se ha de contratar cuando uno tiene acceso por alguna vía a la letra pequeña de las "condiciones generales" y después de las "condiciones particulares". Insisto en que el tomador del seguro hable antes con algún "experto" o con un mediador o con un agente de la compañía con la que se va a contratar.
     Importantísimo también en el caso de que la vivienda se utilice para alquiler: el inquilino no puede asegurar el continente o el contenido que sea del propietario. Parece algo obvio, pero que precisamente por eso a más de un propietario que se ha querido ahorrar unos euros le ha salido el tiro por la culata y el seguro al final no ha cubierto a ninguno de los dos, por fraude. Ampliaré el seguro para propietarios e inquilinos en España si recibo suficientes peticiones al respecto en los comentarios de los lectores.

Intentaré dar solución a estos interrogantes en mi proximo artículo, el jueves 17 de marzo.

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1 comentario:

  1. Bueno lo he leído todo y es el día a día de muchas parejas jóvenes y con ilusión que no saben donde se meten y donde les meten, hoy en día hay q leerse la letra pequeña de todo sino... te la dan con queso...

    Buen artículo, Saludos.

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